Dentro del seguro de primera vivienda 🏠 (Propietario o inquilino) se encuentra la cobertura de Responsabilidad Civil, daños a terceros. La cual cubre también daños a terceros de tu mascota🐶 🐱(siempre que no sea considerada como raza potencialmente peligrosa).
No obstante, dependemos de las normativas que aplique cada autonomía ❗️
🚨 No se garantiza que el seguro de Responsabilidad Civil lo cubra, si la autonomía correspondiente indica la necesidad de coberturas específicas. Es decir, el riesgo inicialmente se cubre, pero dependiendo de cada normativa especifica aplicada en cada autonomía.
Puedes consultar la ley de bienestar animal 👇🏼
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7936
En el artículo 30 📄, se explica que se debe tener un seguro de RC para perros: "3. En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente."**
En la ley también se fijan las líneas maestras para que las comunidades autónomas creen registros de animales y redacten leyes locales / reglamentos adaptadas a su realidad. Todo ello entrará en vigor a partir del 30 de septiembre de 2023.
Si alguna comunidad fijase algo diferente (por ejemplo, que tenga que ser un seguro separado), como ha pasado con los patinetes, lo estudiaremos conjuntamente.
Adjunto, además, el formulario, donde, una vez realizada la póliza puedes solicitar el certificado de responsabilidad civil de tu mascota 🐱🐶
https://np3hwvmi0pe.typeform.com/to/mRpE3q1R
Importante🚨: No quedan cubiertos los daños que pueda ocasionar tu mascota en la casa donde vives